Dónde puedo apoyar su negocio.
Actúo de forma consultiva, preventiva y contenciosa en ocho frentes del derecho orientados a la empresa: del societario y los contratos al compliance, la protección de datos, el consumidor, el administrativo y las operaciones internacionales. En todas la lógica es la misma: estructurar antes para evitar el litigio después, y sostener jurídicamente cada decisión de negocio.
Derecho Empresarial
Una sociedad sin reglas claras suele convertirse en conflicto entre socios cuando el negocio crece o cambia de rumbo. Me ocupo de la constitución y la reorganización societaria, de los acuerdos de socios y de la gobernanza, para que cada decisión se tome con previsibilidad y con menos espacio para la disputa.
Acompaño a la empresa desde la constitución y el acuerdo de socios hasta la rutina societaria: actas, modificaciones del contrato, reorganizaciones y la gobernanza que mantiene las decisiones trazables. El acuerdo de socios, previsto en el art. 118 de la Ley nº 6.404/1976 y admitido también en las sociedades limitadas, disciplina el voto, la entrada y salida de socios y la solución de impasses antes de que paralicen la empresa. Bien diseñado desde el inicio, evita que la divergencia entre socios se convierta en disputa judicial.
Contratos
Un contrato mal redactado solo muestra el problema cuando ya se convirtió en pérdida. Elaboro, reviso y negocio contratos empresariales, comerciales, internacionales y de tecnología con lenguaje claro, definiendo plazos, responsabilidades y salidas antes de que surja el conflicto.
Elaboro, reviso y negocio contratos de compraventa, prestación de servicios, distribución, alianzas, tecnología y operaciones internacionales. El Código Civil consagra la libertad contractual y la buena fe objetiva (arts. 421 y 422) y admite los contratos atípicos (art. 425), lo que da amplio espacio para moldear el acuerdo al negocio, siempre que las cláusulas de responsabilidad, foro y resolución de conflictos estén bien definidas. Un contrato claro es la forma más económica de evitar una disputa.
Compliance y Gobernanza
Las fallas de integridad y el uso indebido de datos hoy generan responsabilidad directa, no solo desgaste de imagen. Estructuro programas de integridad, políticas internas y la adecuación a la LGPD y a la regulación del sector, para que la empresa opere con seguridad, reputación y conformidad.
Estructuro programas de integridad proporcionales al tamaño del negocio: código de conducta, políticas internas, gestión de riesgos y adecuación a la protección de datos. La Ley nº 12.846/2013 (Ley Anticorrupción) y el Decreto nº 11.129/2022 tratan el programa de integridad como un factor que atenúa la responsabilidad de la empresa, y la LGPD (Ley nº 13.709/2018) exige el tratamiento adecuado de datos personales. Un compliance bien diseñado protege la reputación y reduce la exposición en contrataciones públicas y privadas.
Estructuración de Empresas
Empezar con el modelo societario equivocado cuesta caro después, en tributos, retrabajo y burocracia. Planifico la constitución de la empresa, la elección del tipo societario y la organización jurídica desde el inicio, para que el negocio crezca sobre una base sólida.
Ayudo en la elección del tipo societario, en la redacción del contrato o estatuto social y en la organización jurídica de nuevos negocios, incluidas las startups. La sociedad limitada (art. 1.052 del Código Civil), incluso en su forma unipersonal, y el régimen del Marco Legal de las Startups (Ley Complementaria nº 182/2021) ofrecen caminos distintos según el objetivo, el número de socios y el plan de captación. La estructura correcta desde el inicio evita retrabajo, conflicto entre socios y costo innecesario.
Derecho Civil
Cobros, daños y cuestiones patrimoniales mal conducidos traban la rutina de personas y empresas. Actúo en relaciones obligacionales, responsabilidad civil y patrimonio, con foco en resolver el problema actual y prevenir el siguiente.
Actúo en relaciones obligacionales y contractuales, responsabilidad civil y cuestiones patrimoniales que afectan a personas y empresas. La responsabilidad civil, fundada en los arts. 186 y 927 del Código Civil, impone el deber de reparar el daño causado por acto ilícito, y mapear ese riesgo con antelación es parte de la prevención que oriento. Atiendo a empresas y a personas físicas, de forma consultiva y, cuando es necesario, en el contencioso civil, buscando la solución más eficiente para cada caso.
Derecho del Consumidor
Una práctica comercial fuera de la ley se transforma en demandas y reclamos que erosionan la reputación. Realizo la adecuación preventiva de sus prácticas a la legislación del consumidor, protegiendo la relación con el cliente y el nombre de la empresa.
Oriento a las empresas en la adecuación de contratos, prácticas comerciales y políticas de atención al Código de Defensa del Consumidor (Ley nº 8.078/1990), que impone deberes de información, transparencia y buena fe y sanciona las cláusulas abusivas. Adecuar esos puntos antes reduce el pasivo y protege la relación con el cliente. Cuando el litigio es inevitable, conduzco la defensa con foco en la reducción del riesgo. También actúo en favor de la persona física en conflictos de consumo, desde el reclamo hasta la acción judicial, cuando no se alcanza una solución amistosa.
Derecho Administrativo
Contratar con el poder público o actuar en un sector regulado expone a la empresa a exigencias y riesgos específicos. Asesoro en licitaciones, contratos administrativos y cuestiones regulatorias, para que quien se relaciona con la Administración Pública lo haga con seguridad.
Asesoro a empresas que se relacionan con la Administración Pública en licitaciones, contratos administrativos, sanciones y cuestiones regulatorias. La Ley nº 14.133/2021 (Nueva Ley de Licitaciones y Contratos) reorganizó las reglas de participación, habilitación y ejecución, y exige atención redoblada de quien concurre o contrata con el poder público. Actúo para dar seguridad jurídica en cada etapa, de la propuesta a la ejecución del contrato.
Negocios Internacionales
Operar entre países choca con contratos que no dialogan con la ley local y con reglas que cambian de jurisdicción. Apoyo operaciones cross-border: la entrada de empresas extranjeras en Brasil, la adecuación de contratos a la legislación local y la expansión de empresas brasileñas al exterior.
Apoyo operaciones cross-border en ambos sentidos: entrada de empresas extranjeras en Brasil, adecuación a la ley brasileña de contratos redactados bajo otra jurisdicción y expansión de empresas brasileñas al exterior. La LINDB (art. 9º) define la ley aplicable a las obligaciones según el lugar en que se constituyen, y el arbitraje (Ley nº 9.307/1996) es un camino frecuente para disputas internacionales, lo que vuelve decisivas las cláusulas de ley aplicable y foro. Trabajo en articulación con abogados locales cuando la jurisdicción extranjera lo exige, siempre con claridad sobre el límite de la actuación.
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