Un puente jurídico entre Brasil y el mundo.
Actúo en las relaciones jurídicas entre Brasil y el mercado internacional, sobre todo el norteamericano, en ambas direcciones: la entrada de empresas extranjeras en el país, la adecuación de contratos redactados bajo otra jurisdicción y la expansión de empresas brasileñas al exterior. Estoy inscrito en la OAB/PR y ejerzo el derecho brasileño; cuando la jurisdicción extranjera lo exige, trabajo en articulación con abogados habilitados en el lugar, siempre con claridad sobre dónde comienza y termina mi actuación. Atiendo también a la persona física en cuestiones con origen en el exterior que deben tratarse en Brasil, conduciendo aquí lo que la jurisdicción brasileña alcanza.
Empresas extranjeras en Brasil
Orientación jurídica para compañías internacionales, especialmente del mercado norteamericano, que desean constituir operaciones, firmar contratos y estructurar negocios en Brasil. Ayudo en la adecuación de contratos a la legislación local y en la elaboración de contratos de software y tecnología, con seguridad y conformidad.
En la práctica, esto implica elegir el vehículo societario adecuado, preparar la documentación de constitución y adecuar a la legislación brasileña contratos redactados en el exterior. La LINDB (Decreto-Ley nº 4.657/1942) es el punto de partida: el art. 9º somete las obligaciones a la ley del país en que se constituyen y el art. 11 rige a las personas jurídicas, lo que define desde temprano qué cláusulas extranjeras producen efecto en Brasil. Trato además, desde el inicio, la protección de datos exigida por la LGPD (Ley nº 13.709/2018), incluso cuando hay transferencia internacional de datos de brasileños, para que la operación extranjera produzca efectos y resista la ejecución en el país.
Empresas brasileñas en el exterior
Apoyo a empresas brasileñas que buscan expandir sus actividades internacionalmente, con atención a contratos internacionales, estructuración y coordinación con abogados locales.
Reviso contratos internacionales y las cláusulas decisivas de ley aplicable, foro y resolución de disputas, y preparo la documentación para operar con contrapartes extranjeras. El arbitraje, disciplinado por la Ley nº 9.307/1996 y amparado por la Convención de Nueva York (promulgada por el Decreto nº 4.311/2002), suele ser el foro elegido en estos contratos, porque su laudo es reconocido en decenas de países, lo que vuelve la redacción de esas cláusulas parte central del riesgo. Coordino el trabajo con abogados de la jurisdicción de destino, para que la expansión ocurra con previsibilidad.
Apoyo remoto a empresarios en el exterior
Acompañamiento a distancia de un empresario extranjero en la organización y regularización de su propia empresa, mapeando las providencias necesarias, orientando los pasos a seguir y conduciendo lo que era posible ejecutar desde Brasil, en articulación con los profesionales habilitados en la jurisdicción local.
Ofrezco acompañamiento a distancia al empresario extranjero en la organización y la regularización de su propia empresa: mapeo las providencias necesarias, oriento los pasos y conduzco lo que es posible ejecutar desde Brasil. Este es el punto en que la delimitación más importa: no ejerzo la abogacía de jurisdicción extranjera, por lo que actúo hasta el límite de lo que el derecho brasileño y la orientación a distancia permiten, y articulo el resto con los profesionales habilitados en el lugar. Para el cliente, saber con claridad dónde termina mi actuación es parte de la seguridad del servicio.